Micelio
Auto17 de febrero de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Comunidad Orika·Demandado La Nacion Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite expediente a juez de primera instancia
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre las Salas Civiles de los Tribunales Superiores de Cartagena y Bogotá, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Corte considera que el Tribunal de Cartagena era quien tenía el deber constitucional de dar trámite a la solicitud de amparo, ya que no podía sustentar su falta de competencia en los artículos 23, 27 y 52 del Decreto 2591 de 1991, pues no le era posible argumentar que estaba frente a un incidente de desacato, por cuanto el peticionario no hizo parte dentro del proceso de acción de tutela y los efectos de la misma fueron sólo interpartes.

Se decide la controversia con la remisión del expediente al precitado Despacho Judicial, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción constitucional formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del tres (3) de diciembre de dos mil quince (2015) proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena - Sala Civil - Familia, mediante el cual decidió que no era competente para conocer de la acción de tutela presentada por el señor George Vartanian contra el INCODER.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-2321 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena - Sala Civil - Familia, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
  3. Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Tribunal Superior de Bogotá - Sala Civil.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.